Qué es el divorcio express o por mutuo acuerdo y cuáles son sus requisitos

Abr 4, 2022 | Derecho Civil, Derecho de Familia | 0 Comentarios

Las causales de divorcio en Colombia

El artículo 154 del Código Civil Colombiano enumera las causales por las cuales uno de los cónyuges puede demandar el divorcio ante un Juez.

  1. Las relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges.
  2. El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como tales y como padres.
  3. Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra.
  4. La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
  5. El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.
  6. Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o síquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud mental o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.
  7. Toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a corromper o pervertir al otro, a un descendiente, o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
  8. La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.
  9. El consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante Juez competente y reconocido por este mediante sentencia.

Como podemos notar, incluso un divorcio por mutuo acuerdo puede demandarse a través de un proceso judicial, sin embargo, no es absolutamente necesario. Este también puede llevarse a cabo ante un Notario y no hace falta nada más que la voluntad de los dos cónyuges.

En este post explicaremos el proceso y requisitos de este último caso que se ha denominado extraoficialmente como «Divorcio Exprés» debido a su rapidez y fácil trámite.

Características del Divorcio Exprés

En el divorcio voluntario o de mutuo acuerdo no hay acusaciones ni reclamaciones (demanda de una de las partes), por lo tanto, no hay indemnizaciones de un cónyuge a favor del otro. Estos aspectos no se discuten en el proceso, por lo que, en términos prácticos, no es necesario el pronunciamiento de un Juez al respecto.

El divorcio por mutuo acuerdo no requiere probar ni demostrar nada, pues el único requisito es la manifestación de voluntad de las partes. En este, las partes ya han llegado a un acuerdo en cuanto a la decisión de disolver y liquidar la sociedad conyugal, por lo cual, no existe un conflicto por resolver, sino solo un trámite por realizar.

Trámite de un divorcio por mutuo acuerdo ante Notario

Esta es la modalidad más sencilla de divorcio y se realiza mediante escritura pública ante un Notario en la que se prueba el consentimiento de ambas partes. Este trámite debe realizarse necesariamente por intermedio de un abogado apoderado.

En contexto, la ley 962 de 2005, en su artículo 34, señala:

«Podrá convenirse ante Notario, por mutuo acuerdo de los cónyuges, por intermedio de abogado, mediante escritura pública, la cesación de los efectos civiles de todo matrimonio religioso y el divorcio del matrimonio civil, sin perjuicio de la competencia asignada a los jueces por la ley.

«El divorcio y la cesación de los efectos civiles ante Notario, producirán los mismos efectos que el decretado judicialmente.

PARÁGRAFO. El Defensor de Familia intervendrá únicamente cuando existan hijos menores; para este efecto se le notificará el acuerdo al que han llegado los cónyuges con el objeto de que rinda su concepto en lo que tiene que ver con la protección de los hijos menores de edad.»

¿Qué documentos necesita para que podamos gestionar su divorcio mutuo acuerdo?

Para llevar a cabo el proceso ante el Notario es necesario presentar la siguiente documentación:

  • Poder otorgado al abogado.
  • Registro civil de nacimiento de los cónyuges.
  • Copia de la cédula de identidad de ambos cónyuges, copia de pasaporte o cédula de extranjería.
  • Si hay hijos, registro civil de nacimiento de cada uno.
  • Documento manifiesto de voluntad de divorcio.
  • Registro civil de matrimonio.
  • Concepto y autorización del defensor de familia, cuando hay menores de edad.
  • Si hay hijos menores, llegar a un acuerdo escrito respecto a la cuota de alimentos, custodia, régimen de visitas, etc.
  • Acuerdo de divorcio.
  • Separación de bienes (si los hay).

Carmona Perafán Abogados, especialistas en Divorcios

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